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Patrón de Yate PY, está autorizado para el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la linea paralela a la misma trazada a 150 millas náuticas.
Gobierno de motos náuticas dentro de los límites específicos de navegación aplicables a estas, de acuerdo con sus características.
Complementariamente las atribuciones del Patrón de Yate PY pueden ampliarse a embarcaciones de vela.
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Para optar a esta titulación es condición necesaria estar en posesión del titulo de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
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Patrón de Yate PY, está autorizado para el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la linea paralela a la misma trazada a 150 millas náuticas.
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El Patrón de Yate (PY) tiene como atribuciones el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la linea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.
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Complementariamente las atribuciones pueden ampliarse a embarcaciones de vela.
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